![]() EN EXTRAORDINARIAS Quebrantos: el Gobierno planteará una actualización, aunque ya existe una ley Lucrecia Eterovich El oficialismo va a plantear un proyecto de Ley de Compensación e Índice de Actualización de Quebrantos. La postura de los tributaristas, la reforma de Macri y el dictamen contrario leterovich@cronista.com Durante las sesiones extraordinarias, y a pesar de la promesa de una reforma tributaria para el 2025, el Gobierno plantea tratar un solo proyecto en materia de impuestos. Entre los siete proyectos que plantea tratar el oficialismo durante las sesiones del 20 de enero hasta el 21 de febrero, se encuentra la Ley sobre Compensación e Índice de Actualización de Quebrantos, que será remitido por el Poder Ejecutivo Nacional. Pero a más de cuatro días de la comunicación por parte del vocero presidencial, Manuel Adorni, fuentes oficiales del Ministerio de Economía aseguraron no tener la letra chica del proyecto ante la consulta de El Cronista. Frente a ello, para el socio del departamento de Impuestos de Lisicki, Litvin & Asociados, Martín Caranta existen dos posibilidades: que la ley venga a dar forma al dictamen de la Dirección Nacional de Impuestos (DNI) que planteó que los quebrantos no se podrían actualizar; o que levante esa interpretación. Esta última es la más conveniente y esperada por las empresas dado el contexto de inflación. "En una dinámica donde todo aumenta cuando algo se mantiene, en realidad disminuye su poder adquisitivo", señaló. Así, para Caranta, el proyecto del oficialismo tendría que venir a validar lo que ya se hace. Aunque destacó que no es necesario sancionar una ley porque está vigente la reforma que se realizó durante la gestión de Mauricio Macri (Ley 27.430). "El artículo 23 de la Ley establece que la actualización se va a hacer tomando el índice de precios mayorista del mes de cierre del ejercicio que se liquida, dividido el del cierre de ejercicio en que se originaron los quebrantos", detalló. La misma postura tuvo el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, quien no está de acuerdo con el dictamen. "En el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) expresamente se contempló que los quebrantos se actualizan, por lo que se espera que por medio de este proyecto se aclare". Así, sostuvo que "Índice de Compensación" debería ser el mismo que ya se aplica de acuerdo a la Ley. Y que además de ello, cuando se defina la letra chica, se debería extender el plazo de aplicación más allá de los cinco periodos fiscales y que sea para atrás. "Por ejemplo, si en el año 1 pagas impuesto a las Ganancias y en el 2 tenés quebrantos que se pueda aplicar para atrás. Entonces el año 1 al aplicar el quebranto te genera un saldo a favor que podés utilizar contra otro impuesto". Por su parte, el contador Marcos Felice sostuvo que la reciente postura del DNI, a cargo de la secretaria de Ingresos Públicos, Claudia Balestrini -funcionaria de la gestión anterior que continúa en el cargo-, es acorde a la opinión del fisco. "Está muy bien reconocer la influencia de la inflación en los impuestos. No es lo mismo deducir un quebranto a valor nominal de hace cinco años que hacerlo a valores reales. Es lo que corresponde, si no se están pagando impuesto sobre rentas ficticias", detalló. Y fue más allá, al asegurar que se tiene que derogar el artículo 38 de la Ley 24.073, que congeló a partir del 1º de abril de 1992 todas las actualizaciones impositivas. Adorni comunicó que se presentará un proyecto sobre Compensación e Índice de Actualización de Quebrantos Un dictamen reciente de la Dirección Nacional de Impuestos (DNI) sostuvo que no se pueden actualizar Para los especialistas, hay que reconocer la influencia de la inflación en los impuestos Menciones: ceco1 cfinanE
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